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República del Ecuador

GOBIERNO CANTONAL DE SAN VICENTE

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CONSIDERANDO: 

Que es prioritario para el Gobierno Cantonal de San Vicente, continuar con los procesos de contratación para la dotación de infraestructura educativa a nivel nacional, previstas en su planificación durante el año 2009; 

Que la Asamblea Constituyente emitió la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, la misma que está publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 395 de 4 de agosto del 2008; 

Que mediante Decreto Ejecutivo No. 1248, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 399 de 8 de agosto del 2008, se expidió el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública; 

Que el Artículo 6 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en su numeral 16 señala lo siguiente: Máxima Autoridad: Quien ejerce administrativamente la representación legal de la Entidad Contratante. Para efectos de esta Ley, en las municipalidades y consejos provinciales, la máxima autoridad será el Alcalde o Prefecto, respectivamente. 

Que el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispone de manera textual que Las Entidades Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de Desarrollo y a los presupuestos del Estado. El Plan será publicado obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince (15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal COMPRASPUBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso. El contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el Reglamento de la presente Ley. 

Que el artículo 22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispone de manera textual que La máxima autoridad de cada entidad contratante aprobará el Plan Anual de Contrataciones (PAC) hasta el 15 de Diciembre del año inmediatamente anterior, el mismo que contendrá las obras, bienes o servicios que se contratarán durante cada año, en función de sus respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El Plan anual de contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad, mediante resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán publicados en el portal COMPRASPUBLICAS. 

Que el Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en su Disposición Transitoria Novena reformada mediante decreto ejecutivo No. 1516 suscrito por el señor Ec. Rafael Correa Delgado – Presidente Constitucional de la República del Ecuador, el mismo que fue publicado en el publicado en el Registro Oficial del 31 de diciembre de 2008, se establece que la máxima autoridad de cada entidad contratante aprobará el Plan Anual de Contrataciones (PAC) hasta el 15 de febrero de 2009, el mismo que será publicado hasta el 28 de febrero del 2009 en la página web de la entidad contratante e interoperará con el portal COMPRASPUBLICAS. El PAC se publicará utilizando el formato que para el efecto expidió el Instituto Nacional de Contratación Pública; y, 

En uso de la atribución conferida en la Disposición Transitoria Novena reformada, del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública:  

Resuelve 

Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) del Gobierno Cantonal de San Vicente. 

Disposición final.- Se ordena la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno Cantonal de San Vicente, www.gobiernocantonaldesanvicente.gov.ec, para conocimiento general; así mismo en la página web, www.compraspublicas.gov.ec. 

Comuníquese y cúmplase.-  

Dado en la ciudad de San Vicente, Cantón San Vicente, a los trece días del mes de Febrero del año dos mil nueve.

 

WALTER CEDEÑO LOOR

ALCALDE

GOBIERNO CANTONAL SAN VICENTE

 

Plan anual

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