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República del Ecuador
GOBIERNO CANTONAL DE SAN VICENTE
CONSIDERANDO:
Que es
prioritario para el Gobierno Cantonal de San Vicente, continuar con los procesos
de contratación para la dotación de infraestructura educativa a nivel nacional,
previstas en su planificación durante el año 2009;
Que la Asamblea
Constituyente emitió la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, la misma que está publicada en el Suplemento del Registro Oficial No.
395 de 4 de agosto del 2008;
Que mediante
Decreto Ejecutivo No. 1248, publicado en el Suplemento del Registro Oficial No.
399 de 8 de agosto del 2008, se expidió el Reglamento General de la Ley Orgánica
del Sistema Nacional de Contratación Pública;
Que el
Artículo 6 de
la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en su numeral
16 señala
lo siguiente: Máxima Autoridad: Quien ejerce administrativamente la
representación legal de la Entidad Contratante. Para efectos de esta Ley, en las
municipalidades y consejos provinciales, la máxima autoridad será el Alcalde o
Prefecto, respectivamente.
Que el artículo
22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, dispone de
manera textual que
Las Entidades
Contratantes, para cumplir con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo,
sus objetivos y necesidades institucionales, formularán el Plan Anual de
Contratación con el presupuesto correspondiente, de conformidad a la
planificación plurianual de la Institución, asociados al Plan Nacional de
Desarrollo y a los presupuestos del Estado. El Plan será publicado
obligatoriamente en la página Web de la Entidad Contratante dentro de los quince
(15) días del mes de enero de cada año e interoperará con el portal
COMPRASPUBLICAS. De existir reformas al Plan Anual de Contratación, éstas serán
publicadas siguiendo los mismos mecanismos previstos en este inciso. El
contenido del Plan de contratación y los sustentos del mismo se regularán en el
Reglamento de la presente Ley.
Que el artículo
22 del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, dispone de manera textual que La máxima autoridad de
cada entidad contratante aprobará el Plan Anual de Contrataciones (PAC) hasta el
15 de Diciembre del año inmediatamente anterior, el mismo que contendrá las
obras, bienes o servicios que se contratarán durante cada año, en función de sus
respectivas metas institucionales y de conformidad a lo dispuesto en el artículo
22 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. El Plan
anual de contratación podrá ser reformado por la máxima autoridad, mediante
resolución debidamente motivada, la misma que junto con el plan reformado serán
publicados en el portal COMPRASPUBLICAS.
Que el
Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública, en su Disposición Transitoria Novena reformada mediante decreto
ejecutivo No. 1516 suscrito por el señor Ec. Rafael Correa Delgado – Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, el mismo que fue publicado en el
publicado en el Registro Oficial del 31 de diciembre de 2008, se establece que
la máxima autoridad de cada entidad contratante aprobará el Plan Anual de
Contrataciones (PAC) hasta el 15 de febrero de 2009, el mismo que será publicado
hasta el 28 de febrero del 2009 en la página web de la entidad contratante e
interoperará con el portal COMPRASPUBLICAS. El PAC se publicará utilizando el
formato que para el efecto expidió el Instituto Nacional de Contratación
Pública; y,
En uso de la
atribución conferida en la Disposición Transitoria Novena reformada, del
Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación
Pública:
Resuelve
Aprobar el Plan
Anual de Contrataciones (PAC) del Gobierno Cantonal de San Vicente.
Disposición
final.-
Se ordena la publicación de la presente resolución en la página web del Gobierno
Cantonal de San Vicente,
www.gobiernocantonaldesanvicente.gov.ec, para
conocimiento general; así mismo en la página web,
www.compraspublicas.gov.ec.
Comuníquese y
cúmplase.-
Dado en la
ciudad de San Vicente, Cantón San Vicente, a los trece días del mes de Febrero
del año dos mil nueve.
WALTER CEDEÑO
LOOR
ALCALDE
GOBIERNO CANTONAL
SAN VICENTE
Plan anual
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